NUEVO PROCEDIMIENTO CONTRA LA OKUPACIÓN – Abogados Tres Cantos

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NUEVO PROCEDIMIENTO CONTRA LA OKUPACIÓN – Abogados Tres Cantos

Ayer se aprobó en el Congreso de los diputados la reforma de la Ley de enjuiciamiento civil (lec) que regula un nuevo procedimiento para los propietarios de viviendas okupadas.

El nuevo procedimiento para la desocupación ilegal, está destinado para los propietarios o usufructuarios,  privados de la posesión de sus propiedades, que sean personas físicas y para entidades sociales y para la administración que tengan un parque de vivienda de alquiler social.

La reforma incluye un nuevo párrafo al art. 250 y al art. 441 de la lec.

El procedimiento se tramitará por el juicio verbal con interposición de demanda solicitando lanzamiento desalojo y la inmediata recuperación de la posesión de una vivienda o de parte de ella. El documento principal que ha de aportarse será el título que le da derecho a la posesión.

Con el traslado de la demanda a los demandados se dará también traslado a los okupas de un auto donde se acordará el lanzamiento y la entrega de la posesión inmediata.

No se va a exigir caución, ni concurrencia de peligro por mora procesal.

El juzgado a la vez que da traslado de la demanda comunicará a los servicios municipales de atención social del municipio la existencia de este procedimiento.

Los demandados y los okupantes de la vivienda se pueden oponer a la demanda y al auto, en el plazo de 10 días, si bien no suspende la ejecutividad del auto que acuerde el lanzamiento y la entrega de la posesión.

La sentencia que se dicte en este procedimiento no tendrá efectos de cosa juzgada y los terceros afectados podrán acudir a un procedimiento declarativo. La sentencia será ejecutable desde que se notifique, con un simple escrito solicitándolo sin que haya que esperar los 20 días de cumplimiento voluntario.

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