Sentencia Gürtell y el partícipe – Abogados Tres Cantos

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Sentencia Gürtell y el partícipe – Abogados Tres Cantos

CASO GÜRTEL
La Audiencia Nacional sala de lo penal sección segunda en el PA 5/2015 ha dictado la Sentencia 20/2018 en la que condenan a 29 de los 37 imputados por alguno de los delitos de los que habían sido acusados, fijando una pena de cárcel para francisco correa, de 51 años y 11 meses.
En el delito de malversación de caudales públicos en la pág. 1575 establece que es participe a título lucrativo “: Ana Mato Adrover hasta un importe de 27.857,53 € y el partido popular hasta un importe de 111.864,32 €, correspondiente a los gastos referidos a la campaña electoral de las elecciones de 25.5.2003, de modo directo y solidario, con Jesús Sepúlveda Recio.”

La persona responsable criminalmente también lo es civilmente siempre que del delito se hayan derivado daños o perjuicios (art. 116 cp), pero además responden el responsable civil directo o subsidiario y el participe a título lucrativo.

El participe a título lucrativo se regula en el art. 122 del CP y es el responsable civil por haber participado de los efectos de un delito o falta por título lucrativo, viniendo obligado a restituir o indemnizar en la cuantía de su participación. Solo responde quien se haya beneficiado de los efectos del delito o falta por título lucrativo, sin que se exija conocimiento de la ilicitud de dichos efectos.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo acerca del participe por título lucrativo (St n.º 532/00 de 30 de marzo, requiere enriquecimiento injusto un beneficiado de los efectos del delito.

Requisitos del participe por título lucrativo: 1. aprovechamiento por título lucrativo 2. desconocimiento de la procedencia de los efectos. 3. ausencia de intervención en el delito o falta 4. responsabilidad solidaria limitada a la efectiva participación.
El límite de su responsabilidad se encuentra en el importe de su beneficio.

La Sentencia no es firme y cabe recurso, no obstante, hay un voto particular de un magistrado que absolvería al PP al entender que no era conocedor de la procedencia ilícita ni de la adquisición con la que se lucraba porque había otra estructura interpuesta que se guardaba los beneficios y era autónoma.
Aunque la sentencia no es firma, se prevé que las acusaciones pidan la entrada en prisión provisional de los sujetos que tengan condenas entre 5 y 10 años como mínimo y que no estén ya.

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